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El proyecto de ley de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios –la llamada Ley de la Licencia Exprés– quedará aprobada de forma definitiva por la Comisión de Economía del Congreso en la sesión que celebrará este jueves, en la que la oposición defenderá el medio centenar de enmiendas que ha presentado después de que el PP las rechazara todas en la fase de ponencia y aceptara únicamente incorporar las suyas.

 

En concreto, los cambios experimentados en esta norma desde su entrada en la Cámara Baja se derivan de la decena de enmiendas ‘populares’ que, entre otras cosas, extendían la exención de autorización administrativa previa a la instalación de redes públicas de comunidades electrónicas.

 

Según el PP, es «oportuno» extrapolar la liberalización aprobada para los pequeños comercios y servicios a este sector, eliminando cargas y restricciones administrativas mediante la supresión de las licencias vinculadas con sus establecimientos comerciales e instalaciones.

 

SI NO HAY IMPACTO EN PATRIMONIO

 

Así, la instalación de infraestructuras de red de comunicaciones electrónicas «que no tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o que no impliquen un uso privativo y ocupación de bienes de dominio público» no requerirán, una vez se incorpore esta enmienda a la ley, de ninguna licencia de apertura, funcionamiento o instalación, sino que bastará con una comunicación previa o declaración responsable.

 

En cualquier caso, esto no exime a estos operadores de cumplir toda la normativa urbanística, medioambiental o de ordenación del territorio, por lo que deberán seguir presentando proyectos técnicos, además de tener que someterse a comprobaciones posteriores. En paralelo a esta enmienda, el PP ha presentado otra para modificar el anexo del proyecto de ley e incluir un epígrafe con estos servicios.

 

MAS CAPACIDADES PARA LOS AYUNTAMIENTOS

 

Los ‘populares’ también han ampliado las capacidades de las comunidades autónomas para que, además de poder ampliar el umbral de superficie y el catálogo de actividades sujetas a la licencia exprés, también puedan «determinar cualquier otro supuesto de inexigibilidad de licencia».

 

Del mismo modo, se ha modificado la Ley General de Publicidad de 1988 para exceptuar a las bebidas de menos de 20 grados de la prohibición general de publicitar bebidas con alcohol en lugares donde esté prohibida su venta o consumo. Esta excepción ya existe para la publicidad en televisión.

 

Así, las marcas de vino o de cerveza podrán colocar publicidad en lugares como estadios deportivos, donde no está permitido el consumo de bebidas alcohólicas y, por tanto, tampoco su publicidad hasta ahora a pesar de que la mayor parte de la publicidad está dirigida a los espectadores de televisión.

 

Con este cambio, los ‘populares’ buscan «facilitar la posibilidad de que se celebren en España eventos deportivos de carácter internacional que cuentan con un fuerte apoyo económico y financiero de marcas de bebidas con graduación alcohólica inferior a 20 grados».

 

Noticia extraida de economista.es del 11/11/2012

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